´POLÍTICAS AMBIENTALES
¿QUÉ SON?
´La política ambiental es la preocupación y desarrollo
de objetivos con fines para mejorar el medio ambiente, conservar los principios
naturales de la vida humana y fomentar un desarrollo sostenible.
Tanto en el ámbito público como privado, la conciencia ambiental es creciente. En las empresas, los certificados ISO 14001 o EMAS certifican que utilizan sistemas de gestión medioambiental.
Tanto en el ámbito público como privado, la conciencia ambiental es creciente. En las empresas, los certificados ISO 14001 o EMAS certifican que utilizan sistemas de gestión medioambiental.
Para qué sirven las políticas ambientales:
Principios de la política ambiental:
• Principios de desarrollo sostenible para un crecimiento económico limpio y ecológico.
• El principio de responsabilidad medioambiental. Todos podemos mejorar nuestro entorno.
• El principio de prevención, mejor prevenir que corregir desastres ecológicos.
• El principio de sustitución de sustancias peligrosas por otras menos contaminantes y procesos de alto consumo energético por otros más eficientes.
• El que contamina paga en los casos que no se puede prevenir el daño ambiental.
• El principio de la coherencia que requiere la coordinación de la política ambiental con otros departamentos y la integración de objetivos ambientales.
• Principio de la cooperación en grupos sociales que trabajen con objetivos de mejora ambiental y su realización es indispensable.
• La política ambiental debe basarse siempre en los resultados de investigaciones científicas.
• Principios de desarrollo sostenible para un crecimiento económico limpio y ecológico.
• El principio de responsabilidad medioambiental. Todos podemos mejorar nuestro entorno.
• El principio de prevención, mejor prevenir que corregir desastres ecológicos.
• El principio de sustitución de sustancias peligrosas por otras menos contaminantes y procesos de alto consumo energético por otros más eficientes.
• El que contamina paga en los casos que no se puede prevenir el daño ambiental.
• El principio de la coherencia que requiere la coordinación de la política ambiental con otros departamentos y la integración de objetivos ambientales.
• Principio de la cooperación en grupos sociales que trabajen con objetivos de mejora ambiental y su realización es indispensable.
• La política ambiental debe basarse siempre en los resultados de investigaciones científicas.
¿Cómo surgieron las políticas ambientales en México:
´La política
ambiental en México se estableció en los años ochenta y noventa, pasó por la
etapa de normas neoliberales de la economía y transitó progresivamente hacia
formas de operación que la integran al mercado ambiental global.
´En el caso de
México, existen escenarios claramente diferenciados que se reseñan para
ilustrar la complejidad de ese fenómeno característico de la globalización: su
doble vertiente global/local.
´LEYES AMBIENTALES:
´AGUAS NACIONALES: ARTÍCULO 1. La
presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia
general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público
e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o
aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la
preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral
sustentable.
´LEY DE VIDA SILVESTRE: Artículo 1o.
La presente
Ley es de orden público y de interés social, reglamentaria del párrafo tercero
del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73
constitucionales. Su objeto es establecer la concurrencia del Gobierno Federal,
de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus
respectivas competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento
sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República
Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. El
aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no
maderables y de las especies cuyo medio de vida total sea el agua, será
regulado por las leyes forestal y de pesca, respectivamente, salvo que se trate
de especies o poblaciones en riesgo.
LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO:Artículo 2o. Esta ley tiene por objeto: I. Garantizar el derecho a un medio ambiente sano y
establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades
federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas
públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de
gases y compuestos de efecto invernadero; II. Regular las emisiones de gases y compuestos de efecto
invernadero para lograr la estabilización de sus concentraciones en la
atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en
el sistema climático considerando en su caso, lo previsto por el artículo 2o.
de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y demás
disposiciones derivadas de la misma.
LEY DE DESARROLLO FORESTAL: ARTICULO 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, sus disposiciones son de orden e interés público y de observancia general
en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección,
restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales
del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en
el artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el
fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad
corresponda a los pueblos y comunidades indígenas se observará lo dispuesto por el artículo 2 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY DE MINERÍA: Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia minera y sus disposiciones son de orden público y de observancia en todo el territorio nacional. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía, a quien en lo sucesivo se le denominará la Secretaría.
Artículo 2. Se sujetarán a las disposiciones de esta Ley, la exploración, explotación, y beneficio de los minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, así como de las salinas formadas directamente por las aguas marinas provenientes de mares actuales, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial y de las sales y subproductos de éstas.
Estados Unidos Mexicanos, sus disposiciones son de orden e interés público y de observancia general
en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección,
restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales
del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en
el artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el
fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad
corresponda a los pueblos y comunidades indígenas se observará lo dispuesto por el artículo 2 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY DE MINERÍA: Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia minera y sus disposiciones son de orden público y de observancia en todo el territorio nacional. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía, a quien en lo sucesivo se le denominará la Secretaría.
Artículo 2. Se sujetarán a las disposiciones de esta Ley, la exploración, explotación, y beneficio de los minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, así como de las salinas formadas directamente por las aguas marinas provenientes de mares actuales, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial y de las sales y subproductos de éstas.
ACUERDOS AMBIENTALES:
´CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA: Los objetivos
del presente Convenio, que se han de perseguir de conformidad con sus
disposiciones pertinentes, son la conservación de la diversidad biológica, la
utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa
en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos,
mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una
transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta
todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante
una financiación apropiada.
´CONVENIO CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA: Coordinar la
instrumentación de la ENCC para avanzar en las medi-das de
adaptación y de mitigación de emisiones.
´CONVENIO CONTAMINACIÓN MARINA:Fomentar el trabajo
conjunto con diversas dependencias y entidades para contribuir al desarrollo
sus-tentable marítimo de México.
´CONVENIO DE ESTOCOLMO: cada Parte
informará periódicamente a la Conferencia de las Partes sobre las medidas que
haya adoptado para aplicar las disposiciones del presente Convenio.
´PROTOCOLO DE KIOTO: este
se adoptó en el año de 1995 y entró en vigor en el año 2005, el dia
16 de febrero, con el fin de comprometer a los países industrializados a
disminuir las emisiones de: dióxido de carbono, gas metano y oxido nitroso.
Conclusion:
´La importancia de las normas ambientales en el
desarrollo sustentable en nuestro país, es garantizar el cuidado del ambiente,
regular el uso de los recursos naturales, delimitar.
´ La importancia de las normas ambientales en el
desarrollo sustentable en nuestro país, es supervisar, la producción,
extracción, empleo y disposición final de diferentes sustancias y productos
(cc)
´En el país existen áreas naturales protegidas gracias
a reglamentos específicos que regulan las actividades productivas y cuentan con
un programa de manejo que orientan a los habitantes para establecer sistemas de
producción responsables.
´Y de esta manera preservar el equilibrio ecológico
para facilitar el acceso de la sustentabilidad y agilizar la transferencia de
tecnologías racionalmente ecológicas, existen diversos programas de apoyo,
asesoría y financiamiento. Tanto en los sistemas de gobierno como en las
organizaciones no gubernamentales, empresas y organismos internacionales en la
gestión sustentable participa también las redes sociales que se han establecido
como contrapeso de las estructuras oficiales estas proponen acciones solidarias
y movilizan recursos en apoyo de los más necesitados hay un fuerte flujo de
intercambio de información entre los ciudadanos, quienes comparten sus
experiencias de ensayo y error al buscar soluciones a los problemas comunes.
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